EXENCIÓN DE VISADO PARA CIUDADANOS CHINOS
Los ciudadanos chinos titulares de pasaporte ordinario y que cuenten con visa estadounidense válida y vigente de cualquiera de las siguientes categorías: B1/B2, B2, J, B1, O, P (P1, P2 y P3), E y H-1B;
o bien
residencia permanente legal vigente en los Estados Unidos (green card)
Podrán ingresar a la Argentina para hacer turismo o negocios por un plazo máximo de 30 (treinta) días, sin necesidad de tramitar visa consular argentina.
No es necesario haber ingresado previamente a los EE.UU. con la visa estadounidense en cuestión para ingresar a territorio argentino.
Asimismo, se informa que con la entrada en vigencia de esta exención se encuentra suspendida la tramitación de Autorizaciones de Viaje Electrónicas (AVE) para ciudadanos chinos.
Para todas las demás categorías migratorias se deberá solicitar la visa consular correspondiente. Conozca los requisitos aplicables contactándonos desde la sección de información de contacto de esta página.
Para mayor información sobre la exención de visado argentino, ingrese a los siguientes enlaces:
www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/328606/20250721
EXENCIÓN DE VISADO PARA CIUDADANOS ARGENTINOS
Hasta el 31 de diciembre de 2026, los titulares de pasaporte ordinario argentino pueden ingresar a la República Popular China por turismo o negocios sin necesidad de solicitar visa y por un plazo máximo de 30 (treinta) días.
Para mayor información, ingrese al siguiente enlace:
https://pe.china-embassy.gov.cn/esp/lqsw/Visa/202505/t20250522_11630304.htm
SEGURO MÉDICO OBLIGATORIO PARA EXTRANJEROS
Según lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, los extranjeros que ingresen a territorio argentino deberán contar obligatoriamente con un seguro médico vigente por la totalidad del plazo de su estadía en el país.
Para mayor información, ingrese al siguiente enlace (ver Art. 9 del Decreto 366/2025):
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/326096/20250529
