Las escrituras y poderes que se deseen otorgar con validez en la República Argentina pueden ser efectuados por un funcionario consular.
REQUISITOS:
- Enviar a la Sección Consular, por e-mail en un archivo de formato Word, una minuta de la escritura o poder, conteniendo el detalle y alcance de todas las atribuciones que se quiere otorgar. Se deberán consignar los datos completos (nombres, apellidos, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, DNI o Pasaporte, estado civil), de las personas mencionadas en la escritura o poder. También deberá adelantarse vía e-mail una copia del documento de identidad del poderdante, cuyo original se deberá presentar cuando concurra al Consulado.
- Concertar un turno vía mail para la formalización de la escritura o poder, para lo cual la Sección Consular se comunicará con el recurrente de acuerdo a los datos de contacto (teléfono, e-mail) indicados en el envío de la minuta.
COSTO: Posee un costo de 40 U$S (equivalente en Yuanes según el cambio del día), por cada 25 renglones o fracción.